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ESP – 20221108 Condiciones generales prestación servicio char

VERSIÓN: 2022.11.08

Estas CONDICIONES GENERALES DE PRESTACION DE SERVCIOS detallan el alcance, características, condiciones y compromisos relacionadas con la prestación de servicios contratados a char de cualquier tipo, por cualquier medio y para cualquier producto, formando esta parte vinculante del compromiso adquirido con su contratación.

char hace referencia a char desarrollo de sistemas, s.l., con CIF B61839023 y domicilio en C/ Pablo Iglesias 56, 1-1, 08302 Mataró, representada por su Administrador.

CONTRATANTE hace referencia al contratante del servicio, sea o no beneficiario del mismo. Este contratante será la persona o entidad jurídica a la que se emiten por parte de char las facturas del SERVICIO contratado. El SERVICIO hacer referencia al suministro de cualesquiera productos y servicios relacionados bajo la fórmula Software Subscription (suscripción uso de software), SaaS (Software as a Service) y/o a servicios de mantenimiento de cualquier producto suministrado en la fórmula de cesión de licencia de uso.

1. Aceptación

char y el CONTRATANTE aceptan y se obligan por todo lo contenido en estas CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVCIOS de acordado en las condiciones generales que siguen a continuación.

El contenido de estas CONDICIONES GENERALES DE PRESTACION DE SERVICIOS es la base del acuerdo entre char y el CONTRATANTE respecto a la prestación del SERVICIO contratado. Estas condiciones son perfeccionadas por:

  • Las especificaciones, características y funcionalidades del producto objeto del SERVICIO de acuerdo con el documento al que se hace referencia en la oferta aceptada.
  • Las condiciones específicas detalladas en la misma oferta aceptada, especialmente en sus compromisos económicos, requerimientos generales y condiciones particulares.

La aceptación de la oferta en la forma que se estipula en la misma supone la contratación del SERVICIO y por lo tanto la ACEPTACIÓN de estas CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

2. Prestación del servicio

char prestará el SERVICIO contratado mientras se encuentre vigente y activo de acuerdo con condiciones pactadas:

  • Cediendo los elementos necesarios y acordados
  • Realizando el mantenimiento que sea necesario según el producto contratados.
  • Facilitando los interfaces y funcionalidades descritas en sus especificaciones funcionales.
  • Atendiendo, en general, las consultas e incidencias detectadas y reportadas por el CONTRATANTE relacionadas con los servicios contratados.

3. Mantenimiento y soporte técnico

Para el reporte de incidencias el CONTRATANTE podrá dirigirse al centro de soporte técnico de char a través de: https://www.char.es/helpdesk

En condiciones estándar, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas GMT+1, exceptuando jornadas festivas en el centro de soporte ubicado en Barcelona, España.

Bajo criterio de char se podrán realizar comunicaciones telefónicas en los casos en los que se consideren necesarias para agilizar la atención y resolución de consultas o incidencias.El CONTRATANTE podrá en todo momento reportar a char las consultas o incidencias detectadas por su cuenta en el SERVICIO prestado, asumiendo char la obligación de resolverlas, en caso de ser competencia de sus procesos con la mayor diligencia y en el menor tiempo posible, o simplemente evaluarlas en el caso de que sean competencia de terceros y con el fin de puedan ser reportadas por el CONTRATANTE a los mismos, no asumiendo char en este caso ninguna responsabilidad sobre las mismas ni afectando a los compromisos adquiridos.

3.1. Mantenimiento de procesos en servidores centralizados de char

Si la prestación del SERVICIO implicara el proceso en servidores centralizados bajo el control y la supervisión de char, estos serán monitorizados de forma permanente con el fin de detectar y corregir incidencias incluso antes de que se puedan ver afectados sus usuarios.

En el caso de incidencias detectadas directamente por char, éstas serán resueltas directamente por char sin implicación alguna por parte del CONTRATANTE. 

En el caso de que a criterio de char estas incidencias fueran relevantes, serán comunicadas al CONTRATANTE con el fin de notificar su existencia y resolución.

3.2. Mantenimiento de procesos en instalaciones del contratante

La atención de incidencias en SERVICIOS en los que se ejecuten procesos en equipos que no estén ubicados en dependencias y/o bajo la supervisión de char, será realizada de forma remota a través de línea de datos facilitada por el CONTRATANTE. Queda fuera del SERVICIO contratado cualquier tipo de trabajo presencial fuera de las instalaciones de CHAR.

Las herramientas necesarias para el establecimiento de conexiones remotas a los equipos implicados serán proporcionadas por char siempre y cuando no presenten requerimientos específicos, de seguridad, conexión o cualquiera otros, exigidos de forma particular por el CONTRATANTE. En este último caso deberá ser el CONTRATANTE quien facilite a char, sin ningún tipo de cargo y sin que implique a char ningún tipo de coste, las herramientas y permisos necesarios. 

Estas conexiones podrán ser desatendidas, esto es, con la posibilidad de realizarse sin la intervención del CONTRATANTE, o, por el contrario, deberá contar con su aceptación en cada caso. En cualquier caso, es el CONTRATANTE el que decidirá las limitaciones de esta conexión.

En el caso de que el CONTRATANTE, por motivos de seguridad o cualesquiera otros, no permitiese estas conexiones remotas de mantenimiento, este asume totalmente la responsabilidad de realizar los trabajos necesarios por sus propios recursos, apoyados por comunicación telefónica, o e-mail, con el centro de soporte técnico de char. En este caso char no asume responsabilidad alguna sobre la resolución de las incidencias planteadas, entendiéndose que el CONTRATANTE asume con su decisión esta responsabilidad, sin que esto afecte al servicio contratado aun cuando por este motivo no sea posible su prestación íntegra.

En el caso de incidencias detectadas directamente por char y en el caso de disponer de conexión no asistida a los sistemas afectados, éstas serán resueltas directamente por char sin implicación alguna por parte del CONTRATANTE. 

En el caso de que a criterio de char estas incidencias fueran relevantes, serán comunicadas al CONTRATANTE con el fin de notificar su existencia y resolución.

4. Inicio, duración, suspensión y finalización del servicio

El inicio del SERVICIO contratado comenzará a partir de la ACEPTACION del mismo.

Esto supondrá el inicio de la coordinación y trabajos previos necesarios para la puesta en marcha de este, entendiéndose que estos trabajos forman parte del propio SERVICIO. 

En el caso de que transcurridos 60 días naturales de la ACEPTACION no hubieran podido iniciarse los trabajos de puesta en marcha del SERVICIO y esto fuera imputable a causas ajenas a char, char se reserva el derecho a SUSPENDERLO en los términos estipulados para esta situación.

Transcurrido el periodo inicialmente contratado, éste se considerará renovado automáticamente por periodos de similar duración a menos de que cualquiera de las partes avise a la otra de forma fehaciente de su voluntad de no renovarlo con al menos 30 días naturales de antelación.

4.1. Suspensión

En cualquier momento, el CONTRATANTE, podrá suspender la prestación del SERVICIO y por lo tanto el pago de las cuotas pactadas. Para ello bastara la comunicación fehaciente a CHAR en cualquier momento de esta voluntad. La suspensión será efectiva a las 24 horas naturales a partir de la recepción de la notificación.

La suspensión del servicio no implicara la devolución inmediata de posibles cuotas pagadas anticipadamente por el CONTRATANTE y que afecten al periodo de suspensión. La compensación de estas se realizará sobre las cuotas que se pudieran facturar una vez sea reactivado el servicio. Si el servicio fuera cancelado por cualquier causa durante el periodo de suspensión no se realizará compensación en ninguna forma de las posibles cuotas anticipadas.

Trascurrido un año natural desde el inicio de la suspensión sin que el servicio sea reactivado, char se reserva el derecho a dar por cancelado el del SERVICIO contratado. 

El SERVICIO se considerará automáticamente suspendido en los términos definidos en el caso de que las administraciones publicas impidan por ley la actividad para la cual tienen objeto el SERVICIO contratado y por el periodo de tiempo en el que se impida su prestación.

La reactivación del servicio se producirá cuando el CONTRATANTE comunique esta circunstancia o desaparezcan prohibiciones respecto a su realización. En el caso de reactivación por voluntad del CONTRATANTE el SERVICIO no podrá ser nuevamente suspendido por un periodo mínimo similar a cubierto por posibles cuotas abonadas anticipadamente.

4.2. Cancelación

El SERVICIO podrá ser cancelado anticipadamente por cualquiera de las siguientes causas:

  • Por mutuo acuerdo expreso de las partes.
  • Por incumplimiento grave o manifiesto de sus cláusulas.
  • Por imposibilidad sobrevenida, legal o material, de cumplir sus objetivos.
  • Por parte de char, por impago de las cuotas del SERVICIO por parte del CONTRATANTE de acuerdo con los establecido en las condiciones de FACTURACION Y PAGO DEL SERVCIO. 
  • Por denuncia del CONTRATANTE. El CONTRATANTE podrá cancelar el SERVICIO anticipadamente, en cualquier momento de vigencia de este, comunicándolo fehacientemente a char con una antelación mínima de 30 días naturales. Si esto se produjese durante el primer año de la ACEPTACION del servicio y siempre que no se hubiera pactado una cuota por la instalación y puesta en marcha, el CONTRATANTE deberá abonar a char en concepto de indemnización y con el objeto de cubrir los gastos de instalación el 30% del importe anual pactado, independientemente de las cuotas abonadas hasta el momento. En esta circunstancia char realizará abono de la factura emitida y procederá a facturar, con fecha de la notificación, el periodo consumido desde el inicio hasta 30 días naturales a partir de la fecha de notificación, calculados proporcionalmente a la cuota anual, y la indemnización del 30% del importe anual del servicio por ese concepto.
  • Por transcurrir un año natural desde la petición de su por parte del CONTRATANTE sin la reactivación del SERVICIO.
  • Por cualquier otra causa que contemple la legislación vigente.

Al término del contrato, sea cual sea su causa:

  • char dejará de prestar el servicio contratado, desactivando los módulos contratados y/o la conexión de los servidores char
  • Si la cancelación del servicio está motivada por voluntad de CONTRATANTE, causas ajenas a char o de fuerza mayor, char NO devolverá posibles cuotas del SERVICIO pagadas por el CONTRATANTE de forma anticipada, siendo estas asumidas como compensación a char por la cancelación anticipada del SERVICIO.
  • El CONTRATANTE deberá retornar a char las licencias de uso que pudieran haber sido suministradas en depósito de los drivers y/o módulos instalados localmente por char para la realización del servicio. Para ello permitirá el acceso de CHAR a los equipos donde se encuentren instalados con el fin de proceder a la desinstalación de estos.
  • Ambas partes quedarán liberadas de los compromisos y obligaciones asumidas a excepción de lo que pudiera afectar a cláusulas de confidencialidad y protección de datos, que permanecerá vigente por tiempo indefinido.

5. Facturación y pago del servicio

En el caso de SERVICIOS contratados por cuotas fijas, la facturación de los importes correspondientes se realizará en el momento de INICIO del servicio, de acuerdo con lo establecido en el punto 4 de estas condiciones.

En este caso la facturación se realizará por periodos anticipados y según la frecuencia, cantidades y plazos de pago acordados.

En el caso que la cuota del SERVICIO sea variable en función de factores acordados en la oferta, se realizará de acuerdo con lo establecido en la misma.

Las cuotas del SERVICIO contratado no sufrirán variación dentro del periodo inicial contratado.

Al término de este y para sus renovaciones automáticas, la cuota del SERVICIO podrá verse incrementada en el porcentaje que pudiera corresponder de acuerdo con el incremento del Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística de España u organismo que pueda sustituirle oficialmente en el futuro, correspondiente a la última anualidad y siempre que reflejen un porcentaje positivo.

5.1. Ampliación y reducción del servicio

El CONTRATANTE podrá solicitar, en el momento que lo considere oportuno, la ampliación o reducción del SERVICIO en base a su base de contratación o elementos que formen parte del mismo.

En caso de ampliación

char activará la ampliación de SERVICIO solicitada y emitirá la factura correspondiente.

El periodo facturado corresponderá a la parte proporcional entre el momento de la ampliación y el vencimiento del próximo periodo de facturación, de forma que la siguiente la factura comprenderá la totalidad del servicio contratado.

En caso de reducción

char descontará en la siguiente facturación del SERVICIO los importes no consumidos de acuerdo con la reducción efectuada. En esta situación el SERVICIO no será cancelado fuera la total compensación de las posibles cuotas pendientes de devolución, y si lo fuera lo sería asumiendo el CONTRATANTE que estas posibles cantidades pendientes NO le serán compensadas.

5.2. Impago

Se considera IMPAGO:

  • La falta de pago de cualquiera de las facturas emitidas por char en relación con el SERVICIO contratado en un plazo de un mes natural a partir de la fecha de vencimiento acordada para cada factura.
  • En el caso de cuotas de servicio variables en función a factores acordados en la oferta, además de lo anterior, se considera impago la falta de confirmación a los datos proporcionados por char y/o el no envío de los mismos por parte del CONTRATANTE en un plazo de un mes natural a partir de la fecha de envío pactada en cada caso.

En caso de impago char DESACTIVARÁ el SERVICIO contratado desactivándolo durante el periodo en el que se mantenga esta situación sin que esto suponga la aplicación de las condiciones de SUSPENSION contempladas, ni ningún tipo de compensación por el periodo en el que no se presta el servicio por esta causa, siendo asumido de forma expresa por el CONTRATANTE como compensación económica hacia char por el incumplimiento de sus obligaciones.

En caso de finalización del periodo contratado en esta situación, el SERVICIO será CANCELADO. Esto no afectará en modo alguno a la obligación por parte del CONTRATANTE de asumir el pago de las cantidades pendientes que existan en el momento de la finalización. 

En cualquier caso, tanto en la DESACTIVACIÓN como en la CANCELACIÓN del SERVICIO, char no tendrá obligación de notificar expresamente al CONTRATANTE de estas circunstancias para que sean de aplicación.

6. Subrogación

char y el CONTRATANTE, mientras se mantenga el SERVICIO activo, podrán subrogar libremente la totalidad del acuerdo suscrito por la contratación del SERVICIO, lo aquí recogido y lo estipulado en la oferta vinculante.

Esta subrogación se formalizará mediante la oportuna comunicación, que pasará a formar parte del compromiso adquirido, siendo efectiva a partir del mismo momento de su comunicación.

7. Confidencialidad

char y el CONTRATANTE están obligados a tratar confidencialmente cuanta información sea facilitada u obtenida en la prestación del SERVICIO, obligándose a no divulgarla durante, ni con posterioridad, a la vigencia de este y a someterla a iguales medidas de seguridad que se obligan a aplicar a la información confidencial de otros proveedores y clientes. 

Esta obligación rige igualmente para cuantos empleados y/o colaboradores de ambas partes conozcan o puedan tener acceso a dicha información confidencial. Se entiende como información confidencial toda aquella que se intercambie o llegue a conocimiento de las partes de forma escrita o verbal, que esté señalada por alguna de las partes como tal, o que no estándolo no sea de dominio público o que no suela divulgarse públicamente.

Estas obligaciones serán efectivas por tiempo indefinido más allá de la finalización del servicio contratado y el propio contrato.

8. Autorizaciones

char y el CONTRATANTE se autorizan mutuamente a la posibilidad de divulgar públicamente la existencia de este contrato, estando limitado esto a la mera existencia de este y quedando en el ámbito confidencial los detalles de su contenido.

Así mismo, El CONTRATANTE autoriza expresamente a char en relación con los servicios contratados a:

  • Solicitar a los proveedores de los dispositivos, equipos y sistemas de terceros que pudieran estar implicados en el SERVICIO, y recibir en su nombre los documentos y datos necesarios para la prestación del SERVICIO.
  • Reportar en su nombre a los proveedores de los dispositivos, equipos y sistemas de gestión involucrados las posibles incidencias detectadas en lo relacionado con la prestación del SERVICIO.

9. Limitación de responsabilidades

char se compromete a prestar el SERVICIO de manera apropiada y con todo el cuidado razonablemente posible según el estado actual de la técnica. El CONTRATANTE admite que char no puede garantizar la resolución de todas las incidencias que le sean transmitidas o se puedan presentar, ni que éstas serán resueltas en un plazo predeterminado. 

char NO garantiza la idoneidad del SERVICIO para la obtención de determinados fines particulares, por lo que char no se responsabiliza en ningún caso frente al CONTRATANTE, usuario o persona o entidad alguna que emplee el SERVICIO de cualquier perjuicio económico, laboral o legal supuestamente provocado por el uso o falta de uso de estos. 

char no será responsable del incumplimiento de sus obligaciones, definidas para la prestación del SERVICIO, si la realización de tales obligaciones ha sido impedida, interferida o retrasada por circunstancias que razonablemente escapen a su control. Entre dichas circunstancias se incluyen, por ejemplo, la imposibilidad de acceso al Servicio de Soporte Técnico por parte del CONTRATANTE o la del personal técnico de char por actos de fuerza mayor como fallos generales de las comunicaciones o fallos de suministro eléctrico.

10. Protección de datos

De conformidad con lo establecido por el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril del 2016 (Reglamento General de Protección de Datos), se informa sobre la posibilidad de consultar la política de privacidad de char en http://www.char.es/politica-de-privacidad/ 

Todos los datos personales relacionados con el CONTRATANTE que, facilitados por cualquier medio, para la realización del SERVICIO, se incluirán un Fichero automatizado de Clientes cuyo responsable es char desarrollo de sistemas, s.l., con domicilio en C/ Pablo Iglesias 56, 1-1, 08302 Mataró – Barcelona, y serán tratados con la máxima confidencialidad y con la única finalidad de facilitar el desenvolvimiento del presente contrato de servicios.El CONTRANTE es plenamente consciente de que para la realización SERVICIO contratado es posible que sea necesario que char reciba de sus sistemas y procese datos relacionados con su actividad, personal, clientes y/o los que pudieran ser necesarios. Por este motivo, autoriza expresamente a char para esta recepción y proceso de acuerdo con los establecido en: https://charpmslink.com/documents/encargo-de-tratamiento-rgpd/?seq_no=2

10.1. Jurisdicción

Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en relación con el presente contrato.

En el caso en el que esto resultara imposible y debiera acudirse a la Jurisdicción ordinaria, las partes renuncian expresamente a su propio fuero y se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona.

11. Anexos

11.1. Descripción del servicio.

El presente anexo define los términos particulares y características respecto a la prestación específica del servicio pmslink, siempre que se haya contratado, y dentro del contrato general suscrito entre el CONTRATANTE y char, formando parte del mismo a todos los efectos.

El servicio pmslink tiene como objeto proporcionar al CONTRATANTE y por parte de char los trabajos y elementos necesarios para realizar la integración, según módulos contratados, de:

  • Distintos equipos y dispositivos: Sistemas de comunicaciones (PBX locales o remotas), sistemas de acceso a internet (HOTSPOT), sistemas de TV interactiva, sistemas domóticos, y en general cualquier equipo o dispositivo instalado en el hotel. Estos equipos y dispositivos serán denominados de forma general “EQUIPOS”.
  • Con los sistemas de gestión del CONTRATANTE , sean de desarrollo propio o de terceros: Sistemas de gestión hotelera, CRM, bases de datos, aplicaciones de huésped, sistemas de incidencias, productividad, etc., denominados de forma general “PMS” y, dentro del servicio pmslink, especialmente con las herramientas y sistemas que este aporta.

El sistema se proporciona como un suministro de servicios que engloba los elementos necesarios para su realización:

  • Las licencias y los módulos software propios de char, que fuera necesario instalar para la explotación de datos y/o la conectividad entre los EQUIPOS y los sistemas de gestión PMS.
  • Los trabajos técnicos destinados a la instalación, puesta en marcha, formación, mantenimiento y en general cualquiera relacionado directamente con la prestación del servicio y relacionado con los módulos software de CHAR.

11.2. Alcance y limitaciones de la integración con EQUIPOS y PMS.

El alcance y funcionalidad de la integración con los EQUIPOS y PMS está supeditada a:

  • La posibilidad de su realización: Los distintos EQUIPOS y PMS a integrar deben facilitar interfaces o medios apropiados para ello.
  • Los datos e interfaces de acciones disponibles: la integración con los EQUIPOS y PMS estará limitada únicamente por la información y las funcionalidades soportadas por los mismos, ofreciendo char en todos los casos la posibilidad de proceso de todas las que puedan ofrecer los EQUIPOS y/o PMS. char no se hace responsable de las funcionalidades no soportadas por los EQUIPOS y/o PMS ni del correcto proceso que pueda realizar este sobre las funcionalidades integradas.

No existe límite licenciado en el número de EQUIPOS y PMS posibles de integrar. La única limitación sobre esto estará en los límites tecnológicos y/o físicos que el hardware y/o S.O. sobre el que se basan los módulos software involucrado, puedan soportar.

No están incluidos dentro del alcance de la integración:

  • Los interfaces necesarios y/o medios físicos de conexión, de comunicaciones, equipos y/o dispositivos hardware de ningún tipo. También queda excluido del servicio contratado cualquier elemento software de terceros.

11.3. Conexión con EQUIPOS Y PMS.

char realizará las conexiones con los EQUIPOS y PMS involucrados de forma remota, de acuerdo a lo establecido en las condiciones generales del contrato de servicios. El CONTRATANTE facilitará para ello la colaboración, por parte de su personal, que fuera necesaria.

Estas conexiones serán realizadas mediante la instalación local de los drivers y/o módulos software, propiedad de char, que pudieran ser necesarios.

La licencia de uso de estos drivers y/o módulos software será cedida en depósito al CONTRATANTE sin cargos adicionales al servicio contratado y mientras dure el mismo.

El CONTRATANTE deberá facilitar los equipos hardware, sistemas operativos, y en general cualquier licencia, autorización o elementos de terceros que pudieran ser necesarios para realizar los procesos requeridos para la prestación del servicio contratado.

La integración con los EQUIPOS y PMS se realizará, según sea el caso, mediante:

  • Los mecanismos y protocolos consensuados entre char y los distintos EQUIPOS y PMS a través de certificación, acuerdo tecnológico o medios utilizados en conexiones realizadas habitualmente entre ellos.
  • Emulando los protocolos de otros sistemas soportados por los EQUIPOS y PMS.
  • Mediante los protocolos estándar facilitados por char a modo de API de integración.
  • Adaptando CHAR sus interfaces de acuerdo a las especificaciones suministradas por los EQUIPOS y PMS. 

En el caso de EQUIPOS y PMS sin interfaces certificados con char, char se compromete a realizar los trabajos propios de integración necesarios sin que esto represente coste adicional al servicio contratado, y en los plazos que char estime razonablemente necesarios. Estos plazos estarán supeditados a la disponibilidad del proveedor del EQUIPO y PMS para sus procesos de desarrollo, pruebas y/o certificaciones.

Los posibles costes que el proveedor del EQUIPO y PMS pueda requerir del CONTRATANTE con el fin de facilitar la integración (trabajos, adaptaciones, licencias, líneas de datos, etc.) serán facilitados y asumidos íntegramente por el CONTRATANTE.

La integración con los EQUIPOS y PMS se adaptará en el trascurso del contrato a los cambios que en los mismos se puedan producir, así como a la integración con nuevos EQUIPOS y/o PMS que puedan sustituir a los existentes en el momento de la activación del servicio. Dicha adaptación se valorará oportunamente en el momento de producirse. 

char coordinará con personal del CONTRATANTE la realización de estos trabajos de conexión y puesta en marcha.

El CONTRATANTE deberá facilitar la colaboración de personal propio, o contratado bajo su responsabilidad, para realizar los trabajos necesarios en los EQUIPOS y/o PMS, comprobaciones, pruebas, y en general cualquier tarea que sea necesario realizar sobre los mismos y que impliquen trabajos remotos o presenciales y/o comprobaciones físicas en el lugar de la instalación.

char no se hace responsable del funcionamiento ni mantenimiento de los equipos hardware ni módulos software de terceros que puedan estar involucrados en estas conexiones, quedando éstos bajo la responsabilidad del CONTRATANTE, aun cuando char colaborará en lo necesario para resolver cualquier incidencia que se pueda presentar.

char impartirá formación remota a personal del CONTRATANTE sobre las características técnicas de las conexiones realizadas, y el uso, si fuera procedente, de los módulos software instalados, así como del protocolo de actuación en caso de incidencias.

El CONTRATANTE facilitará en el momento de la activación del servicio los datos que sean necesarios para procesar los datos suministrados por los EQUIPOS y/o PMS para la configuración que pudiera ser necesaria para la correcta conexión con los EQUIPOS y/o PMS involucrados (habitaciones, características, numeraciones, tarifas, etc.).

char notificará al CONTRATANTE, a los contactos y direcciones que se especifiquen, todas las incidencias que sean detectadas en la conexión con los EQUIPOS y/o PMS.

char colaborará en la resolución de las mismas, facilitando el reporte al proveedor involucrado y mantendrá informado al CONTRATANTE de su resolución, aunque sin asumir responsabilidad alguna en los plazos, formas y condiciones para ello ya que queda bajo la competencia y responsabilidad exclusiva del proveedor del EQUIPO y/o PMS involucrado.

Aun cuando estas incidencias llegaran a impedir el fin último del servicio contratado con char, se entiende que estas son ajenas a char, siendo su única obligación la de su detección y reporte y que las reclamaciones sobre ello a las que tenga derecho el CONTRATANTE deben ser realizadas directamente al proveedor del EQUIPO y/o PMS como responsable de sus propios sistemas y procesos.

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